Aprobada la primera ordenanza de la APB en el ámbito de la seguridad y la salud laboral
29/11/2016La APB ha aprobado la ordenanza portuaria que establece el Plan de coordinación de actividades empresariales en las zonas de acceso restringido de las zonas de servicio de los puertos. Se trata de la primera ordenanza que aprueba la APB y es también la ordenanza pionera de esta temática que se publica en una autoridad portuaria de las 28 existentes en el Estado. Un hecho que pone de relieve el lugar prioritario que ocupa la prevención, la seguridad laboral y la salud de los trabajadores para el organismo público. Esta ordenanza afecta a todas las actividades empresariales que se llevan a cabo en las zonas portuarias de acceso restringido de los puertos que gestiona la APB (Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y la Savina) y a los trabajadores que las desarrollan. Una labor de coordinación que se lleva a cabo desde 2009 y que a partir de este momento queda oficialmente regulada. Entre las principales tareas de coordinación destacan la homologación de las empresas implicadas, la autorización de las actividades que van a llevar a cabo, la información y divulgación de los riesgos existentes en las zonas portuarias donde van a desarrollar su actividad, los riegos que dichas tareas van a proyectar en sus zonas adyacentes y la gestión de la información, entre otros. De esta manera, se garantiza la seguridad de las actividades portuarias cumpliendo con los preceptos establecidos legalmente en lo establecido en el Real Decreto 171/04, de 30 de enero, por el que se desarrolla en el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales («BOE» n.º 27 de 31-01-2004).