La APB informó al Ayuntamiento de Palma que el PGOU no puede interferir ni perturbar la explotación portuaria
Palma de Mallorca
28/11/2014
La Autoridad Portuaria de Baleares (APB) informó al Ayuntamiento de Palma que “los planes generales y demás instrumentos generales de ordenación urbanística deberán calificar la zona de servicio de los puertos estatales como sistema general portuario y no podrán incluir determinaciones que supongan una interferencia o perturbación en el ejercicio de las competencias de explotación portuaria”. Coincidiendo con la fase de exposición pública del documento de directrices básicas de ordenación para la revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Palma, la APB remitió en diciembre de 2013 al consistorio palmesano un escrito en el que se alegaba que en el texto elaborado por el ayuntamiento “se incluyen determinaciones que suponen una interferencia o perturbación en el ejercicio de las competencias de explotación portuaria, pues se cita la recuperación para la ciudad del Paseo de La Riba, del Muelle Viejo y del Camino de la Escollera. Estas superficies no se pueden recuperar para la ciudad -continúa el escrito de la APB- , ya que nunca se tuvieron, y las mismas fueron ejecutadas y ganadas al mar por la hoy Autoridad Portuaria entonces con otra denominación, y siempre han sido Zona de Servicio del puerto de Palma de Mallorca”. La APB recuerda al consistorio que los instrumentos de planificación del puerto son el Plan Especial, aprobado definitivamente por el Ayuntamiento de Palma el 30 de enero de 1997, el Plan de Utilización de los Espacios Portuarios (PUEP), aprobado por el Ministerio de Fomento por OM de 19 de mayo de 2005 y el Plan Director de Infraestructuras, en fase de elaboración y pendiente de tramitación.